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El Pais.com - Economía Imprimir E-Mail
Escrito por El Pais.com - Madrid   
miércoles, 27 de diciembre de 2006

EL NUEVO IRPF LE SUBE EL SUELDO

 

Cuando le llegue la nómina del próximo mes de enero, es probable que se lleve una agradable sorpresa. Las reformas introducidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) harán que, a partir del primer mes de 2007, las retenciones bajen una media del 4,6%. Y eso se traducirá en una pequeña ‘subida de sueldo’ para muchos. Este ahorro, de acuerdo con los datos del Ministerio de Economía y Hacienda, forma parte de la rebaja media del 6% que supondrá la reforma de este impuesto que entrará en vigor en 2007.

 

Oficina- GORKA LEJARCEGIEl ahorro variará dependiendo del bruto anual percibido y de los mínimos personales y familiares, aunque, en líneas generales, la reforma beneficia a la mayoría, según el Ministerio de Economía y Hacienda. ¿Las causas? Para empezar, se ha elevado el mínimo personal, que pasa de 3.400 euros a 5.050, y tributa a tipo cero, así como el resto de cuantías fijadas para circunstancias familiares (deducciones por hijos o discapacitados a su cargo). En porcentajes, los mínimos por hijo se incrementan entre un 20% y un 30%, y los mínimos por discapacidad, entre un 13% y un 38%. Y se ha ampliado la reducción por rendimientos de trabajo. En cuanto al número de tramos de retenciones, se han reducido de cinco a cuatro y se ha ampliado el mínimo exento.

Todos estos cambios, según Hacienda, hacen que el 70% de los contribuyentes tribute al mismo tipo, rebaja la carga fiscal, al ensanchar los tramos, y beneficia especialmente a aquéllos con ingresos inferiores a 17.400 euros, el 60% de los contribuyentes.

La clave está en la forma en la que se calculan las rentenciones. Así, aunque el primer tramo se eleva, ahora está en el 15% y sube al 24%, los mínimos personales y familiares tributarán a tipo cero. De esta forma, ese 24% se aplicará una vez restados estos minímos y hasta llegar a 17.360 euros. El 70% de los contribuyentes no rebasa esa cantidad, una vez restadas las reducciones por circunstancias personales y familiares.

Por ejemplo, para un contribuyente con dos hijos y que tenga unos rendimientos de trabajo de 17.360 euros, su mínimo vital -unos 6.950 euros en este caso- tributará a tipo cero y el resto -10.410 euros- al 24%. Antes, su mínimo vital tributaba al 15% y el resto al 24%. El ahorro anual en la couta líquida del IRPF es, en este caso, de 129 euros.

 

Los nuevos tramos

 

En números, de acuerdo con las nuevas tablas de retenciones aprobadas por el Gobierno, si ganamos hasta 17.360 euros al año se nos aplicará una retención del 24% en el exceso de renta que supere los mínimos vitales y familiares. Desde 17.360 hasta 32.360, la retención será del 28%. Desde esta cifra, hasta los 52.360 euros anuales, pagaremos a Hacienda 37 de cada 100 euros que ganemos. Y por último, en el caso de que nuestros ingresos anuales superen estos 52.360 euros el porcentaje se sitúa en el 43%. Si se gana menos de 9.000 euros, directamente no se paga impuestos.

 

Cambios para las sociedades y los autónomos

 

Pero además de estos cambios en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, capital y actividades empresariales, que el Consejo de Ministros aprobó el pasado día 22 de diciembre a través de un real decreto, también se ha variado el reglamento del Impuesto sobre Sociedades y el del Impuesto sobre la renta de no residentes.

En cuanto a los contribuyentes sujetos al Impuesto de Sociedades, la retención se sitúa en el 18%, con carácter general, y en el 24% para el caso de rentas derivadas de la cesión del derecho de la explotación de la imagen. Por otra parte, se establece una retención del 1% a determinadas operaciones que se efectúen entre empresarios en módulos. Y respecto al Impuesto sobre la Renta de no residentes, se reduce del 5% al 3% para la transmisión de bienes inmuebles situados en territorio español propiedad de contribuyentes que tributen sin mediación de establecimiento permanente.

 

Casos prácticos

 

El Ministerio de Economía ofrece en su web algunos ejemplos en los que se comparan los datos de retenciones de 2006, con el anterior IRPF, y las de 2007:- Mujer soltera, con un hijo de dos años y unos rendimientos de trabajo de 15.000 euros tendrá un ahorro en la cuota anual líquida del IRPF de 405 euros, equivalente al 80%.- Familia con un hijo de 4 años, en la que sólo trabaja uno de los cónyuges, con unos rendimientos de trabajo de 21.000 y realizan la declaración de forma conjunta. En este caso el ahorro en la cuota anual líquida del IRPF será de 165 euros, equivalente al 8%.- Familia con dos hijos de 4 y 2 años, en la que trabajan los dos cónyuges, con unos rendimientos de trabajo de 47.000 y realizan la declaración de forma individual. En este caso el ahorro en la cuota anual líquida del IRPF será de 580 euros, equivalente al 9,6%.- Contribuyente soltero, sin hijos y unos rendimientos de trabajo de 36.000 euros, más 500 euros que percibe de intereses, tendrá un ahorro en la cuota anual líquida del IRPF de 365 euros, equivalente al 5%.

 

 


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